4.º Las zonas, locales o recintos utilizados para almacenar cantidades importantes de sustancias o mezclas peligrosas deberán identificarse mediante la señal de advertencia apropiada, de entre las indicadas en el anexo III, o mediante la calificativo que corresponda, de acuerdo con la norma mencionada en el apartado 4. Tomar https://social-lyft.com/story7689883/la-mejor-parte-de-profesional-en-salud-y-seguridad-en-el-trabajo