Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor mediador, que previo el inspección de mi personería para comportarse como apoderado de la parte demandante. https://bookmarksoflife.com/story5540965/acerca-de-demanda-laboral-honduras